Calendario Escolar

FIESTAS LOCALES DENTRO DEL PERIODO LECTIVO

Tendrán la consideración de días no lectivos los coincidentes con las fiestas locales de los municipios de esta provincia establecidas por la Consejería competente en materia laboral hasta un máximo de dos días.

En el supuesto de que alguno de los días fijados como fiestas de ámbito local de los municipios de esta provincia no coincidan con días lectivos, y con el objeto de cumplir con la totalidad de días lectivos fijados para cada tipo de enseñanza, tendrán la consideración de días no lectivos los que se indican según las siguientes especificaciones:

A. Centros que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación especial.

      • Centros cuyas dos fiestas locales no coinciden con el periodo lectivo: serán no lectivos los días 13 de octubre de 2023 y 7 de diciembre de 2023.
      • Centros con una fiesta local coincidente con el periodo lectivo: será festivo el día de fiesta local correspondiente y no lectivo el día 7 de diciembre de 2023.
      • Centros cuyas dos fiestas locales coinciden con el periodo lectivo: serán festivos los dos días de fiesta local correspondientes.

 

B. Centros que imparten enseñanzas de educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional básica, formación profesional inicial, enseñanzas especializadas de idiomas, enseñanzas artísticas y educación permanente de personas adultas.

      • Centros cuyas dos fiestas locales no coinciden con el periodo lectivo: serán no lectivos los días 13 de octubre de 2023 y 7 de diciembre de 2023.
      • Centros con una fiesta local coincidente con el periodo lectivo: será festivo el día de fiesta local correspondiente y no lectivo el día 7 de diciembre de 2023.
      • Centros cuyas dos fiestas locales coinciden con el periodo lectivo: serán festivos los dos días de fiesta local correspondientes.

 

Las especificaciones anteriores garantizarán que en todos los centros docentes de la provincia el mínimo de días lectivos sea de 178 en las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación especial, y de 175 en el resto de las enseñanzas (teniendo en cuenta las excepciones recogidas para algunas enseñanzas previstas en la normativa vigente).